Contraloría General comunica precisiones y alcances sobre el registro y presentación del Balance Semestral en el aplicativo informático respecto al financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los consejeros regionales y regidores municipales para el 2024.
La Contraloría General de la República del Perú comunica a los Consejeros Regionales y Regidores Municipales que es de obligatorio cumplimiento realizar el registro de información y presentación del Balance Semestral en el aplicativo informático de Contraloría (BASE), respecto al uso del monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización que realizan, en el marco de lo establecido en el artículo 3 [1] de la Ley N° 31812, que modifica la disposición complementaria final primera de la Ley N° 31433, considerando las disposiciones normativas vigentes.
Asimismo, se les recuerda a los Gobernadores Regionales, Alcaldes, así como a los Gerentes Generales Regionales y Gerentes Municipales de los Gobiernos Regionales y Locales que, en el año 2023, la Dirección General de Presupuesto Público del MEF hizo de conocimiento que, para efectos de la trazabilidad de los recursos asignados a la función de fiscalización de los consejos regionales y consejos municipales, se habilitó una estructura funcional programática, la cual se difundió oficialmente, a través del comunicado.
Para el periodo 2024:
Según dispone la Directiva N° 015-2022-CG/PREVI, norma que regula el registro y presentación del Balance Semestral en el aplicativo informático (BASE), las fechas de corte y plazos de presentación del Balance Semestral, son los siguientes [2]:
Primer balance semestral
Fechas de Corte: (Periodos para el registro de información)
Del 01 de enero al 30 de junio.
Plazos de Presentación: (Periodos para la presentación del Balance Semestral)
Hasta los 5 días hábiles posteriores al 30 de junio.
Segundo balance semestral
Fechas de Corte: (Periodos para el registro de información)
Del 01 de enero al 31 de diciembre.
Plazos de Presentación: (Periodos para la presentación del Balance Semestral)
Hasta los 15 días hábiles posteriores al 31 de diciembre.
De igual manera, puede revisar, como referencia, un modelo del formato o estructura del Programa de Acciones de Fiscalización (PAF).
Finalmente, encontrará mayor información sobre el Balance Semestral, en los siguientes links:
Página web oficial del Balance Semestral
Aplicativo Informático del Balance Semestral
Directorio de Sectoristas
Ley N° 31433
Ley N° 31812
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